MANUAL DE PROCESO TÉCNICO DE DOCUMENTOS

ÍNDICE

 

ANEXO I: MANUAL PARA EL EMPLEO DE AUTORIDADES

 

 

 

 

 


 

 1. Generalidades.

Se utiliza para la introducción de autoridades controladas: autores personales, entidades, congresos, títulos uniformes, materias y geográficos.

Los distintos términos, necesarios para la clasificación de un documento, se escribirán en campos independientes, utilizando siempre el indicador «a».

Todas las autoridades no existentes en nuestra base AUTO, que aparezcan en registros capturados, se contrastarán con las fuentes establecidas en 1.1.

1.1.      Fuentes de información.

A partir de la base de autoridades (AUTO) existente, esta se irá completando y manteniendo. Las fuentes que se emplearán, en cada caso, son las que a continuación se detallan y en ese orden:

1.1.1.  Autoridades de persona:

  1. Base AUTO existente en ese momento.
  2. Autoridades de la BNE (Si es posible se busca en Ariadna, si no en torres de CD-ROM)
  3. Autoridades del CSIC, autor personal
    (Autoridades)
  4. Autoridades de la Library of Congress (LC) (http://authorities.loc.gov/)

5.       Otras fuentes.

1.1.2.    Autoridades de entidad:

  1. Base AUTO existente en ese momento.
  2. Autoridades de la BNE (Si es posible se busca en Ariadna, si no en torres de CD-ROM)

3.       Autoridades del CSIC, instituciones.
(Autoridades)

4.       Autoridades de la Library of Congress (LC) (http://authorities.loc.gov/)

5.       Otras fuentes.

1.1.3.    Autoridades nombres geográficos:

  1. Base AUTO existente en ese momento.
  2. Autoridades de la BNE (Si es posible se busca en Ariadna, si no en torres de CD-ROM)
  3. Autoridades del CSIC, término geográfico.
    (Autoridades)

4.       Otras fuentes

1.1.4. Autoridades de materia:

  1. Base AUTO existente en ese momento.
  2. Autoridades de la BNE (Si es posible se busca en Ariadna, si no en torres de CD-ROM)

3.       Autoridades del CSIC, materia.
(Autoridades)

4.       Lista de autoridades de la Universidad de Sevilla (LAUS).

5.       Tesauro UNESCO (TU) (En espera de encontrar una edición en castellano)

6.       Otras fuentes

1.1.5.    Autoridades de Título Uniforme:

  1. Base AUTO existente en ese momento.
  2. Autoridades de la BNE (Si es posible se busca en Ariadna, si no en torres de CD-ROM)

3.       Autoridades del CSIC, búsqueda general.
(Autoridades)

4.       Títulos uniformes de leyes. Universidad Complutense (TUCM).

5.       Otras fuentes.

1.1.6.    Autoridades de Congreso:

  1. Base AUTO existente en ese momento.
  2. Autoridades de la BNE (Si es posible se busca en Ariadna, si no en torres de CD-ROM)
  3. Autoridades del CSIC, término geográfico.
    (Autoridades)

8.       Otras fuentes

1.2 Control de autoridades

El campo T040 dejará de utilizarse, ya que los datos se reflejan en los campus USAD y USMD. No se borrará el contenido de los registros antiguos que lo tengan.

1.2.1.    Campo T670 (Fuente productiva de la información):

Siempre que se cree una nueva autoridad, se especificará la fuente utilizada en el campo T670, tanto si se trata de una de las fuentes establecidas en 1.1, como si se ha utilizado otra. Para ello se utilizará como abreviatura, la reseñada en negrita en el listado de fuentes. En caso de ser otra fuente, se reseñará con el título completo: “Lista de autoridades de la Biblioteca...”.

            Si la fuente fuese el mismo documento, o la autoridad fuese creada por el propio catalogador al no encontrarla en ninguna fuente, el término a utilizar en T670 será UCLM.

            Cuando se trate de una autoridad de persona, entidad o congreso, y la fuente fuera el mismo documento, en el campo T670 se consignará el título de la obra de la que se ha obtenido la información.

Ejemplos:

«  »«a»UCLM

«  »«a»UCLM. Fuente: La Vida exagerada de Martín Romaña

«  »«a»Lista de encabezamientos U. Complutense

1.2.2.        Otros campos:

T008:

            Los códigos correspondientes en cada entrada, los da el sistema por defecto. Si es necesario, se modificarán.

T042: Código de validación

            Este campo se utilizará, cuando sea posible establecer un control estricto de la base AUTO, para conocer el campus responsable del área de materias, que tendrá que revisar la consistencia de las autoridades introducidas, periódicamente. Cuando el término sea revisado, se incluirá detrás el término “Revisado”:

«a»Cuenca Revisado

T080: Número de la clasificación Decimal Universal

            Se puede introducir el Nº de la CDU correspondiente a las materias, con el fin de facilitar la clasificación sistemática a otros catalogadores. El Nº de la CDU se puede visualizar con la opción "Ver" cuando se realiza la búsqueda de autoridades.

T150  «  »«a»Óptica

T080  «  »«a»535

            Aunque no sean de uso habitual, se utilizarán, cuando así se considere preciso, otros campos, tales como:

  • T663:Referencia compleja de “Véase además” – Nombre
  • T664:Referencia compleja de “Véase” – Nombre
  • T665:Referencia de información histórica
  • T666:Referencia explicativa general – Nombre
  • T667:Uso del nombre o nota de alcance
  • T680:Nota de alcance para materias

2.         Metodología para el empleo de las autoridades en CATA.

            En cata, los distintos términos, necesarios para la clasificación de un documento, se escribirán en campos independientes, utilizando siempre el subcampo «a». Los indicadores se importan de AUTO. Si se observase algún error en los indicadores, sobre todo en aquellos que afectan a la ordenación de los asientos, se deberá corregir y se hará, así mismo, sobre el registro de autoridad en AUTO.

Ejemplos:

Clasificación de un manual de Química física:

T650:« 4»«a»Química física

T650:« 4»«a»Tratados, manuales, etc.

Clasificación de un libro de historia contemporánea de España:

T651:« 4»«a»España

T650:« 4»«a»Historia

T650:« 4»«a»Edad contemporánea

Clasificación de un libro de historia de Albacete durante el S. 16:

T651:« 4»«a»Albacete

T650:« 4»«a»Historia

T650:« 4»«a»Siglo 16º

Clasificación de una obra de crítica sobre Cervantes:

T600:«14»«a»Cervantes Saavedra, Miguel

T650:« 4»«a»Crítica e interpretación

            En general, se evitará crear la misma autoridad en distintos campos (p. e. España en T110 y en T151). Para ello, si la autoridad no se encontrase, en el momento de la catalogación, en el campo correspondiente, y si es susceptible de aparecer en más de uno, se realizará la búsqueda en “Cualquier campo” (renglón siguiente que aparece cuando, desde la catalogación, se accede a autoridades). Si la autoridad apareciese, se aceptará realizando los cambios de indicador necesarios.


 

3.         Creación de autoridades

3.1.      Autoridades de persona

Indicadores:

1º. Nombre en forma directa

0. Nombre

1. Apellido(s)

3. Nombre de familia

2º. No definido

3.1.1.    Utilización del campo T100 en AUTO

            Para la introducción de los nombres se aceptará siempre la regla ortográfica correspondiente.

            Se aceptarán siempre los términos que aparezcan en las fuentes de información establecidas en 1.1.1. En el caso de no aparecer, y elegir el propio documento que se cataloga, como fuente, se consignará en el campo T670 el título de la obra de la que hemos obtenido la información y se utilizará siempre la forma del nombre más adecuada, aplicando los siguientes criterios, y en este orden:

1º. Se aplicará siempre la forma del nombre más empleada por el autor.

T100: «1 »«a»Aranguren, José Luis L.

T400: «1 »«a»López Aranguren, José Luis

2º. En caso de duda, se optará por la forma más conocida del nombre.

T100: «1 »«a»Cela, Camilo José

T400: «1 »«a»Cela Trulock, Camilo José

3º. Si no estamos seguros, su utilizará la forma desarrollada del nombre.

T100: «1 »«a»Cela Conde, Camilo José

T400: «1 »«a»Cela C., Camilo José

4º. Se optará siempre por la forma original del nombre, cuando el autor sea suficientemente conocido por esta, realizando referencias de las formas en castellano.

T100: «1 »«a»De Amicis, Edmondo

T400: «1 »«a»De Amicis, Edmundo

5º. Las abreviaturas de nombres o apellidos (Mª, Fco., Fdez...) se desarrollarán completas. No así las iniciales, en cuyo caso nos atendremos a la regla general para elección de la forma del nombre.

T100: «1 »«a»Ansorena García, Carlos

T400: «1 »«a»Ansorena Gª, Carlos

6º. Nunca se utilizarán términos o abreviaturas delimitativas de función, tales como prol., trad., etc.

«1 »«a»García López, Anselmo   (En portada aparece como prologuista)

«1 »«a»Fernández López, Julio (segundo autor)

«1 »«a»Hernández Jara, Elena  (prologuista)

«1 »«a»López, Antonio  (traductor)

7º. En los casos de homonimia podrán utilizarse fechas o, en su caso, otros términos identificativos como parentescos (“hijo”) o profesiones.

«1 »«a»Dumas, Alejandro«d». (1802-1870)

8º. Cuando aparezca más de una inicial, se dejará un espacio entre ellas, así como detrás de la coma final de los apellidos.

«1 »«a»López López J. M. (En portada aparece J.M. López López)

9º. No se realizarán encabezamientos de autor/título. En su caso, y para obras muy conocidas, se utilizarán asientos de título uniforme.

10º. Las formas no aceptadas del nombre se introducirán en el campo T400.

T100: «1 »«a»Siete Iglesias, Antonio Vargas-Zúñiga y Montero Espinosa «c»Marqués de

T400: «1»«a»Vargas-Zúñiga y Montero Espinosa, Antonio «c»Marqués de Siete Iglesias

T100: «1 »«a»Buford, Eleanor  (esta autora utiliza los seudónimos: Elbur Ford, Victoria Holt y Jean Plaidy)

T400: «1 »«a»Ford, Elbur

T400: «1 »«a»Holt, Victoria

T400: «1 »«a»Plaidy, Jean

T100: «1 »«a»Chaikovskii, Piotr ll´ich (Se crearán términos alternativos por las distintas grafías por las que aparezca)

T400:  «1 »«a»Tchaikovsky, Peter llych

            T400: «1 »«a»Chaikovsky, Piotr llich)

Otros ejemplos:

T100: «1 »«a»Barreda, María del Prado

T100: «0 »«a»Leonardo da Vinci

T100: «0 »«a»Manuel de Burgos «c»(O.P.)

T100: «0 » «a»Pio«b»XII«c», Papa

T100: «0 »«a»Curioso Parlante, El

T100: «0 »«a»María Antoñeta«c», Reina consorte de Luis XVI, Rey de Francia

T100: «0 »«a»Alfonso«b»X «c»,Rey de Castilla

3.1.2.    Utilización del campo T400 en AUTO

            Se harán tantos asientos secundarios como sean necesarios, con las formas no aceptadas del nombre, sean estas el nombre real (en caso de aceptar el seudónimo), otros seudónimos u otras formas del nombre real. Se podrán incluir notas aclaratorias en los campos correspondientes.

T100:«1 »«a»Caballero, Fernán

T400:«1 »«a»Boehl de Faber, Cecilia

T400:«1 »«a»Böhl de Faber, Cecilia

T400:«0 »«a»Fernán Caballero

T400:«0 »«a»Fernán-Caballero

3.1.3. Introducción en el catálogo (CATA)

A) Utilización del campo T100

            Se aceptará siempre el término de la base de autoridades, en caso de existir. Si existiese algún error, se modificará en la base de autoridades. Nunca se introducirá un nuevo registro para el mismo autor.

            Si el autor no existiese en la base de autoridades, se creará uno nuevo.

            No se utilizarán nunca encabezamientos de autor/título. En su caso, se utilizará un título uniforme.

T100:«1 »«a»Cervantes Saavedra, Miguel de

T240:«10»«a»[Don Quijote de la Mancha]

B) Utilización del campo T600

            Cuando se utilice un nombre de persona como materia, se completará la clasificación utilizando, además, un campo T650.

T600:«14»«a»Wittgenstein, Ludwig

T650:« 4»«a»Crítica e interpretación

            De igual modo se procederá cuando se trate de una obra concreta, completando la clasificación en el campo T740 (Variante de título).

T600:«14»«a»Wittgenstein, Ludwig

T650:« 4»«a»Crítica e interpretación

T740:«0 »«a»Tractatus Lógico-philosophicus

C) Utilización del campo T700

            Se realizará un asiento por cada uno de los autores que se hayan reflejado en el cuerpo principal del registro.

            En el caso de traductores, prologuistas, etc., se hará asiento secundario cuando el catalogador lo considere preciso.

            Nunca se utilizarán términos o abreviaturas indicativos de función (prol., trad., etc.). Si se hubiesen utilizado en AUTO, se procederá a modificarlos.

T700: «1 »«a»García López, Anselmo   (En portada aparece como prologuista)

T700: «1 »«a»Fernández López, Julio (segundo autor)

T700: «1 »«a»Hernández Jara, Elena  (prologuista)

T700: «1 »«a»López, Antonio  (traductor)


3.2. Autoridades de entidad

Indicadores:

1º. Nombre en forma directa

0. Nombre en orden inverso

1. Nombre de jurisdicción

3. Nombre en orden directo

2º. No definido

3.2.1.    Utilización del campo T110

            Se aceptarán siempre los términos que aparezcan en las fuentes de información establecidas en 1.1.2. En el caso de no aparecer, y elegir el propio documento que se cataloga como fuente, se utilizará siempre la forma del nombre más adecuada, según los siguientes criterios:

1º. La lengua elegida para la introducción del nombre de entidades españolas será el castellano. En el caso de que el nombre oficial aparezca en otro de los idiomas oficiales de las comunidades autónomas, se creará un término alternativo en T400 para las formas no elegidas.

T110:«3 »«a»Gobiernos Vasco

T410:«3 »«a»Eusko Jaurlaritza

2º. Lo mismo se hará con entidades extranjeras o internacionales con denominación en castellano, introduciendo tantos términos alternativos como sea necesario en T410.

T110:«3 »«a» Federación Internacional de Asociaciones de Bibliotecarios

T410:«3 »«a» International Federation of Library Asociations

T410:«3 »«a» Fédération internationale des associations de bibliothécaires

T410:«3 »«a» Internationaler Verband der Bibliothekar-Vereine

3º. Para las entidades que no tengan forma conocida en castellano, se respetará el idioma original. Se podrá introducir la traducción al castellano en T410, si se considera necesario.

T110:«3 »«a» European Association for the History of Psychiatry

T410:«3 »«a»Asociación Europea para la Historia de la Siquiatría

4º. Se optará siempre por la forma, abreviada o desarrollada, más conocida, y se harán referencias de las formas no elegidas. En caso de duda se optará siempre por la forma desarrollada del nombre.

T110:«20»«a»Consejo Superior de Investigaciones Científicas (España)

T410:«20»«a»CSIC

T410:«20»«a»C.S.I.C.

5º. Los símbolos tales como &, se transcribirán en la lengua elegida para el resto del encabezamiento.

T110:«3 »«a»Arthur Andersen y Cia.

T410:«3 »«a»Arthur Andersen & Cía.

6º. Con motivo de los cambios de denominación que afectan a muchas entidades, se aceptará la forma que aparezca en el documento, haciendo referencia a formas anteriores o posteriores en T510.

T110:«1 »«a»España«b». Ministerio de Fomento

T510:«1 »«a»España«b». Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo

T510:«1 »«a»España«b». Ministerio de Obras Públicas

7º. Se podrán realizar notas explicativas en los campos correspondientes.

T667:«  »«a» Se crea en 1832. Continuado en 1900 por el Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes y por el Ministerio de Agricultura, Industria, Comercio y Obras Públicas, éste vuelve a denominarse Ministerio de Fomento entre 1905 y 1931 que desaparece. En mayo de 1996 vuelve a denominarse Ministerio de Fomento, continúa en parte al Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente

3.2.1.1. Legislación y tratados

            La legislación, tratados, etc. susceptibles de empleo de título uniforme, se introducirán en el campo T110, con el indicador 1 (Jurisdicción como elemento inicial), y tras el código de subcampo «t».

T110:«1 »«a»España«t». Leyes, etc.

T110:«1 »«a»España«t». Ley de firma electrónica, 2003

            Nunca se utilizarán subencabezamientos para las entidades. En los registros bibliográficos se utilizarán otros campos para completar la clasificación, según se explica en 3.2.4.

3.2.2.    Utilización del campo T410

            Se harán tantos asientos secundarios como sean necesarios con las formas no aceptadas del nombre. Se podrán incluir notas aclaratorias en los campos correspondientes.

T110:«3 »«a»Naciones Unidas

T410:«3 »«a»Nacions Unides

T410:«3 »«a»Naçoes Unidas

T410:«3 »«a»Nations Unies

T410:«3 »«a»O.N.U.

T410:«3 »«a»ONU

T410:«3 »«a»Organisation des Nations Unies

T410:«3 »«a»Organización de las Naciones Unidas

T410:«3 »«a»Umam al-Muttahida

T410:«3 »«a»UN

T410:«3 »«a»United Nations

T410:«3 »«a»UNO

3.2.3.    Utilización del campo T510

            Este campo se utilizará para la introducción de términos relacionados, fundamentalmente nombres anteriores y posteriores de la misma entidad a lo largo de su historia

T110:«1 »«a»Castilla-La Mancha«b». Consejería de Agricultura y Medio Ambiente

T510:«1 »«a»Castilla-La Mancha«b». Consejería de Agricultura

3.2.4.    Introducción en el catálogo (CATA)

A) Utilización del campo T110

            Se aceptarán siempre los términos que aparezcan en las fuentes de información establecidas en 1.1.2. En el caso de no aparecer, y elegir el propio documento que se cataloga, como fuente, se creará una nueva.

B) Utilización del campo T610

            Cuando se utilice un nombre de entidad como materia, se introducirá sin subencabezamientos de ningún tipo. Para completar la clasificación su utilizará un campo T650.

T610:«24»«a»Banco de Fomento

T650:« 4»«a»Historia

T650:« 4»«a»Siglo 20º

C) Utilización del campo T710

            Se realizará un asiento por cada una de las entidades que se hayan reflejado en el cuerpo principal del registro.

            En el caso de entidades editoras o colaboradoras en la edición, se realizará a criterio del catalogador. En todo caso, siempre se realizará asiento cuando sea la propia UCLM, entidad subordinada, centros adscritos o relacionados, así como cualquier entidad oficial de Castilla-La Mancha.

            Nunca se utilizarán términos indicativos de función.


3.3 Autoridades de congreso

Indicadores:

1º. Tipo de nombre de congreso

0. Nombre en orden inverso

2. Nombre en orden directo

2º. No definido

3.3.1.    Utilización del campo T111

            Para elegir el encabezamiento se seguirá, en general, el orden establecido en 1.1.6. En el caso de no ser así, y elegir el propio documento que se cataloga, como fuente, se utilizará siempre la forma del nombre más adecuada, según los siguientes criterios:

1º. El orden normal de entrada de los datos será «a»Nombre del congreso «n»Número del congreso «d»Fecha de celebración «c»Lugar de celebración.

T111:«2 »«a»Congreso Internacional del Notariado Latino«n» 15º«d» 1979 «c» París

2º. Los congresos que entren por el nombre de la entidad se introducirán en el campo T110 del siguiente modo: «a»Nombre de la entidad «b»Nombre del congreso «n»Número del congreso «d»Fecha de celebración «c»Lugar de celebración.

T110:«3 »«a»Comisiones Obreras«b». Congreso Confederal«n» 7º«d» 2000«c» Madrid

3.3.2.       Utilización del campo T411

               Se utilizará para otras formas del mismo congreso que aparezcan en la publicación, o bien para nombres con que se hubiera celebrado en ediciones anteriores o posteriores.

T111:«2 »«a» Congreso Internacional Ecuménico de Jesuitas y Colaboradores Seglares en Capellanías Penitenciarias«d» 1991«c» San Sebastián

T411«20»«a» Congreso Internacional de Jesuitas y Colaboradores «d» 1991«c» San Sebastián

3.3.3.       Introducción en el catálogo (CATA)

A) Utilización del campo T111

               Se aceptarán siempre los términos que aparezcan en las fuentes de información establecidas en 1.1. En el caso de no aparecer, y elegir el propio documento que se cataloga, como fuente, se utilizará siempre la forma del nombre más adecuada.

B) Utilización del campo T611

               Cuando se utilice un nombre de congreso como materia, se introducirá sin subencabezamientos de ningún tipo. Para completar la clasificación su utilizará un campo T650.

C) Utilización del campo T711

               Se realizará una entrada por el nombre del congreso, cuando este no encabece por cualquier motivo.


3.4. Autoridades de Título Uniforme

Indicadores:

1º. No definido

2º. 0-9 Número de caracteres que no alfabetizan

3.4.1.       Utilización del campo T130

               Se aceptarán siempre los términos que aparezcan en las fuentes de información establecidas en 1.1.5. En el caso de no aparecer, y elegir el propio documento que se cataloga, como fuente, se utilizará siempre la forma del nombre más adecuada, según el siguiente criterio:

1º Se elegirá siempre la forma original del título, respetando el idioma de origen e indicando, en su caso, el idioma en el que esté traducido.

T130:« 0»«a»Romeo and Juliet«l». Español

Las formas no aceptadas se reflejarán en el campo T430

2º Las leyes, tratados, etc. irán en el campo T110 (Véase  3.2.1.)

3.4.2.       Utilización del campo T430

               En este campo se reflejarán las formas en que pudiera aparecer el mismo título y no sean aceptadas. Siempre que se utilice una entrada en un idioma distinto del castellano, se utilizará este campo para la forma castellana.

T130:« 0»«a»Romeo and Juliet«l». Español

T430:« 0»«a»Romeo y Julieta

T130:« 0»«a»Lazarillo de Tormes

T430:« 3»«a»El Lazarillo de Tormes

T430:« 0»«a»Lazarillo de Tormes y sus fortunas y adversidades

T430:« 0»«a»Vida de Lazarillo de Tormes

3.4.3.       Introducción en el catálogo (CATA)

A) Utilización del campo T130

               Se aceptarán siempre los términos que aparezcan en las fuentes de información establecidas en 1.1.5. En el caso de no aparecer, y elegir el propio documento que se cataloga, como fuente, se utilizará siempre la forma del nombre más adecuada, según el siguiente criterio:

1º Al introducir el registro en el catálogo, se utilizará este campo, cuando el título sea encabezamiento principal, es decir, cuando no se utilice ningún otro campo T1**.

Ejemplo:

T130:« 0»«a»Lazarillo de Tormes

B) Utilización del campo T240

               Se utilizará cuando, además, exista una entrada T1** anterior, como puede ser el T100

T100:«1 »«a»Cervantes Saavedra, Miguel de

T240:«10»«a»Don Quijote de la Mancha

Las leyes, tratados, etc., irán en T110 (Véase 3.2.1.)

C) Utilización del campo T630

               Cuando se utilice un título uniforme como materia, se introducirá sin subencabezamientos de ningún tipo. Para obras de crítica, etc., se completará la clasificación utilizando, además, un campo T650.

T630:«04»«a»Don Quijote de la Mancha

T650:« 4»«a»Crítica e interpretación

D) Utilización del campo T730

               Se hará un asiento secundario de título uniforme en aquellos casos en que se considere necesario.  Se realizará siempre en los siguientes casos:

1º. Se realizará siempre que la obra que se está catalogando contenga más de un título susceptible de encabezamiento uniforme.

T100:«20»«a»Cervantes Saavedra, Miguel de

T240:«10»«a»Don Quijote de la Mancha

T730:«00»«a»Lazarillo de Tormes

(Se trata de un Quijote y un Lazarillo editados juntos)

2º. Cuando se utilice en T130 o T240 un idioma distinto del castellano se realizará asiento secundario de la misma obra en castellano

T100:«10»«a»Shakespeare, William

T240:«10»«a»Romeo and Juliet

T730:«00»«a»Romeo y Julieta

3º. Cuando se utilice el campo T110 para un decreto, una ley, un tratado, etc. concreto, se realizará asiento secundario por el nombre del mismo.

T110:« 0»«a»España«t». Ley de bases del régimen local, 1985

T730:«00»«a»Ley de bases del régimen local


 

3.5.          Autoridades de materia, término-materia

Indicadores:

1º. No definido

2º. No definido

3.5.1.       Utilización del campo T150

               Se aceptarán siempre los términos que aparezcan en las fuentes de información establecidas en 1.1.4. En el caso de no aparecer, y elegir otra fuente, esta se hará constar en T670.

               Se utilizarán siempre sin subencabezamientos. Si es necesario, en CATA se utilizará otro campo T650 para introducir el término correspondiente.

3.5.2.       Utilización del campo T450

               Se introducirán los términos no aceptados como encabezamiento de materia.

T150:«  »«a»Química física

T450:«  »«a»Fisicoquímica

3.5.3.       Introducción en el catálogo (CATA)

A) Utilización del campo T650

               Se aceptará siempre el término de la base de autoridades, en caso de existir. Si existiese algún error se modificará en la base de autoridades. Si procediera de la BN, se cambiará, además, el indicador 4 por 8.

               Si la materia no existiese en la base de autoridades, se creará una nueva, , siempre según las fuentes establecidas en 1.1.4.

               Se crearán tantas entradas como sean necesarias para la correcta clasificación del documento.

T150:« 4»«a»Química orgánica

T150:« 4»«a»Reacciones

T150:« 4»«a»Síntesis

T150:« 4»«a»Tratados, manuales, etc.

(En lugar de Química orgánica-síntesis-reacciones-Tratados, manuales, etc.)


3.6.          Autoridades de materia, término geográfico

Indicadores:

1º. No definido

2º. No definido

3.6.1        Utilización del campo T151

               Se aceptarán siempre los términos que aparezcan en las fuentes de información establecidas en 1.1.3. En el caso de no aparecer, y elegir otra fuente, esta se hará constar en T670. Se seguirán los siguientes criterios:

1º. Los términos geográficos se introducirán solos, sin indicación del ámbito geográfico superior al que pudieran pertenecer.

T151:«  »Argamasilla de Calatrava

2º. En el campo T551 se hará referencia de la unidad geográfica a la que pertenece.

T151:«  »«a»Almodóvar del Río

T551:«  »«a»Córdoba (Provincia)

3º. En los casos de homonimia se utilizará un término aclaratorio entre paréntesis para la unidad geográfica mayor o, en su caso, aquella que corresponda a un accidente geográfico.

T151:«  »«a»Ciudad Real

(Para la ciudad)

T151:«  »«a»Ciudad Real (Provincia)

(Para la provincia)

T151:«  »«a»Manzanares

(Para la ciudad)

T151:«  »«a»Manzanares (Río)

(Para el río)

4º. Se utilizará siempre la forma castellana del término, cuando esta sea de uso común, y se hará referencia en T451 de las formas no aceptadas.

T151:«  »«a»Lérida

T451:«  »«a»Lleida

3.6.2.       Utilización del campo T451

               Se utilizará para las formas no aceptadas del término, tanto si son formas en idiomas distintos como si se trata de apelativos diferentes o formas más antiguas.

3.6.3.       Introducción en el catálogo (CATA)

A) Utilización del campo T651

               Se aceptará siempre el término de la base de autoridades, en caso de existir. Si existiese algún error, se modificará en la base de autoridades. Además, si procediera de la BN, se modificará el indicador 4 por 8.

               Si el término no existiese en la base de autoridades, se creará uno nuevo, según las fuentes establecidas en 1.1.3.

               Se crearán tantas entradas como sean necesarias para la correcta clasificación del documento, siguiendo los siguientes criterios:

1º. Cuando en el documento aparezcan hasta tres unidades geográficas reconocibles, se reflejarán todas ellas (Sin perjuicio de que pueda utilizarse, además, otra entrada para la unidad geográfica que las englobe). Cuando sean más de tres, se generalizará haciendo referencia a la unidad geográfica inmediatamente mayor.

El documento trata la geografía de Sevilla y Córdoba:

T151:« 4»«a»Sevilla

T151:« 4»«a»Córdoba

T150:« 4»«a»Geografía

El documento trata la geografía de Sevilla, Córdoba, Jaén y Cádiz:

T151:« 4»«a»Andalucía

T150:« 4»«a»Geografía

2º. Cuando en el documento aparezcan hasta dos unidades cronológicas reconocibles, se reflejarán todas ellas (Sin perjuicio de que pueda utilizarse, además, otra entrada para la unidad cronológica que  las englobe). Cuando sean más de dos, se generalizará haciendo referencia a la unidad cronológica inmediatamente mayor.

El documento trata la historia de Sevilla en los siglos 8 y 9:

T151:« 4»«a»Sevilla

T151:« 4»«a»Córdoba

T150:« 4»«a»Historia

T150:« 4»«a»Siglo 8º

T150:« 4»«a»Siglo 9º

El documento trata la historia de Sevilla en los siglo 8, 9 y 10:

T151:« 4»«a»Sevilla

T150:« 4»«a»Historia

T150:« 4»«a»Edad media

3º. En general se procurará no detallar periodos históricos concretos, a no ser que sean muy significativos.

El documento trata la historia de España entre 1911 y 1965:

T151:« 4»«a»España

T150:« 4»«a»Historia

T150:« 4»«a»Siglo 20º

El documento trata la historia de España entre 1850 y 1950:

T151:« 4»«a»España

T150:« 4»«a»Historia

T150:« 4»«a»Siglo 19º

T150:« 4»«a»Siglo 20º

El documento trata la historia de España durante la Guerra Carlista

T151:« 4»«a»España

T150:« 4»«a»Historia

T150:« 4»«a»Siglo 19º

T150:« 4»«a»Guerra carlista, 1833-1840

4.             Procedimiento para el uso del Tesauro de Derecho

1º. Existe una base denominada THES donde están cargadas todas las entradas del Tesauro de Derecho del CINDOC

2º. La estructura de los registros de esta base es la siguiente:

T040

     «  »«a»Tesauro

T080

     «24»«a»344.5 (nueva signatura para las bibliotecas que se adapten a ella)

T150

     « 4»«a»Transacción Sobre Derechos De Menores

T550

     « 4»«a»Proceso Civil

T550

     « 4»«a»Derecho Procesal

T670

     «  »«a»TESAURO DE DERECHO (CINDOC)

3º. Desde CATA no se puede capturar una autoridad directamente de THES.

4º.Al catalogar un documento de derecho, desde el campo de autoridad correspondiente (T650), Absys envía a AUTO. En AUTO se realiza la búsqueda de la autoridad que deseamos incorporar al registro

5º. Una vez localizada la autoridad la visualizamos (muy importante).

6º. Si en el campo correspondiente (T670,  Fuente productiva de la información) aparece el texto: "TESAURO DE DERECHO (CINDOC)", se incorpora al registro bibliográfico y se procede como siempre. La visualización del registro sería:

« 4»«a»Proceso Civil

< « 0»«a»Procedimiento Civil

<< « 4»«a»Proceso Civil

<< « 4»«a»Derecho Procesal

« »«a»TESAURO DE DERECHO (CINDOC)

«24»«a»344.5

 

7º. Si no aparece, el término no es del tesauro y tenemos que elegir la opción "Añadir"

8º. Cuando estamos en el módulo de autoridades, seleccionamos la opción capturar y elegimos la base THES.

9º. Una vez localizado y seleccionado el término de THES que deseamos añadir a AUTO y, al final, al registro de cata, aceptamos del mismo modo que si hubiésemos introducido los datos a mano.

10º. La autoridad queda incorporada a AUTO y al registro de CATA

11º. Si al realizar la búsqueda hubiésemos encontrado en AUTO una autoridad coincidente, bien idéntica, bien alternativa, tendremos que evitar la duplicación de autoridades, para lo que iremos a consultar AUTO.

12º. Una vez en AUTO, localizaremos las dos autoridades (la preexistente en AUTO y la recién iuncorporada desde THES.

13º. Desde la opción "Catálogo" del menú, seleccionaremos "Transferir".

14º. La autoridad preexistente en AUTO la seleccionaremos como "No válida" y la recién incorporada desde THES como "Válida". Al aceptar, Absys pregunta "Desea conservar la autoridad como válida". Si ambas entradas fueran idénticas, elegiremos "NO" y elegiremos "SI" cuando nos pregunte si deseamos borrarla. Si fueran distintas elegiremos "SI", con lo que la autoridad antigua queda incorporada al nuevo registro de AUTO como alternativa (Campo T450)